sábado

BSA pistoleros INC.

tuve la ocasión de leer una nota que la BSA envió a una empresa, que me dejó algunas dudas, y la certeza que esos tipos están mal asesorados o se dedican a cazar bobos.

En el primer cuerpo de la nota, relatan los increibles beneficios de contar con software legal.

El el segundo cuerpo, se ofrecen a realizar un "análisis y orientación" del inventario del software de la empresa timada o en posición de timar.

En el tercer párrafo, ya se va calentando el texto, y te IMPONEN UN PLAZO para presentar una nota con copia de las licencias y facturas de compra etc. etc. que prueben que no estás cometiendo un delito.

Y, en el último párrafo, te indican que si CUMPLIDO EL PLAZO no presentaste la documentación que te requieren INICIARÁN LAS ACCIONES LEGALES CORRESPONDIENTES.

En mi vida ya lei todo tipo de intimaciones desde una mujer despechada, del ministerio de hacienda, de municipalidades, secretaría del ambiente, APA, ..pero nunca en la puta vida de una organización sin fines de lucro o fundación o no se que huevos lo que al final es la BSA, pero pueden pio venir SIN TENER NI UN SOLO INDICIO Y AL AZAR a presentarte un mamotreto como éste??

Fuente: Tocorre.com

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La BSA, ¿organismo parapolicial?

Todo bien con que la BSA y la abogada Patricia Stanley Zarza, su apoderada, ofrezca servicios de asesoría, negocio lícito. Inclusive todo bien con la ley de derechos de autor, y aunque no estoy de acuerdo con ella, la respeto, aunque lucharé por su derogación, ya que en el mundo digital estas leyes solo prohíben libertades sin dañar a nadie. Como dijo Richard Stallman, el software no puede tener propietarios. Este tipo de leyes son anacrónicas para la civilización digital que está naciendo.

Lo que sí esta mal a todas luces es que la abogada Patricia Stanley Zarza, en representación de la BSA, se arrogue privilegios exclusivos del Estado paraguayo intentando coaccionar a una persona física y/o persona jurídica a la presentación de licencias y facturas so ‘pena’ de ser demandado judicialmente.

En la misma ley que hace mención esta nota (Ley 1328/98 De Derechos de Autor y Derechos Conexos) se especifíca en el Art. 147 Inc. 9 que la única autoridad competente para estos menesteres es la Dirección Nacional del Derecho de Autor (organismo creado en esa misma ley) dependiente del Ministerio de Industria y Comercio. O en todo caso la Justicia es la otra Institución que podría efectuar esta coacción o exigencia.

Fuente: ABC Color

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viernes

Proxima Reunion 6 abril 2010

Señores directores de institutos
La proxima reunion sera el dia martes 6 de abril
a las 8:00 hs.
Contamos con su presencia

La Presidenta




Microsoft ofrece la posibilidad a las instituciones educativas de acceder a software original con el sistema Academico GGWA-A.
Este sistema reduce el precio del software y permite legalizarse.
viste la pagina web.
Fuente: Microsoft
Consultas sobre costos al 061 504622 Enrique Meza A. Cybertronic